Consulta de Operaciones

Información importante

Nuevas Tarifas de Fumigada

A partir del 17/05/2022 el valor de la tarifa de FUMIGADA en Puerto San Martin, San Jeronimo Sud, Villa Ramallo y Terminal 6 será de usd 3.50

Atentamente

 

Mesa de Cupos de Granos Upriver

bar.ros.cupos.granos@bunge.com

Información importante

NUEVAS TARIFAS DE SECADA - BUNGE ARGENTINA SA

                                                                                                                                  Rosario, 31/03/2022

Estimados:

Informamos que a partir del 01/04/2022 cambiará la tarifa de Secada en nuestros Complejos Portuarios de Puerto San Martín, Villa Ramallo y planta San Jeronimo Sud.

Los nuevos valores son:

-              1er punto: usd 7,00

-              2do punto en adelante: usd 6,50

 

Atentamente.

 

Mesa de Cupos de Granos Up River

BUNGE ARGENTINA SA

bar.ros.cupos.granos@bunge.com

Información importante

Nueva tarifa de fumigada en puertos

A partir del 13/01/2022 el valor de la tarifa de FUMIGADA en Puerto San Martin, San Jeronimo Sud, Villa Ramallo y Terminal 6 será de usd2.50

Atentamente

 

Mesa de Cupos de Granos Rosario

 

Información importante

NUEVAS TARIFAS DE SECADA - BUNGE ARGENTINA SA

                                                                                                                                                                 Rosario, 15/06/2021

 Estimados Corredores:  

 

Informamos que a partir del 15/06/2021 serán modificados los valores de Secada en nuestros Complejos Portuarios de Puerto San Martín y Villa Ramallo.

Los nuevos valores son:

-              1er punto: usd 5,00

-              2do punto en adelante: usd 4,80

 

Saludos

Mesa de Cupos de Granos Rosario

 

Información de proveedores

Retenciones de IVA Generales por SIRE

Sres. proveedores
Comunicamos que a partir del 1/01/2020 las retenciones de IVA por regímenes generales (no granos) que Bunge Argentina S.A. le practica son emitidas en la plataforma SIRE de AFIP. En tal sentido, si usted necesita ubicar sus retenciones en la página web de AFIP debe consultar en el servicio Mis Retenciones en el apartado Certificados SIRE.

Información importante

Productores de la provincia de Córdoba

Sres productores de la provincia de Córdoba, les recordamos lo siguiente:

  • Productores locales (inscriptos sólo en Córdoba): la retención y percepción de IIBB Córdoba se aplica tomando las alícuotas publicadas por Rentas en el LUA (listado único de alícuotas proporcionado por Rentas):
    • Si ud tiene alícuota cero (0%) para retención y percepción no sufrirá retenciones y percepciones.
    • Si ud tiene alícuota distinta de cero sufrirán la retención y percepción con la alícuota que tengan en el padrón (LUA). Si está disconforme con la alícuota aplicada puede solicitar a Rentas Córdoba una atenuación de alícuota y enviar la constancia de atenuación. Las alícuotas varían del 0,05% al 3,75%
  • Productores inscriptos en Convenio Multilateral: se le aplica la retención de IIBB Córdoba del 0,75% sobre la base que corresponda salvo que presenten la nota de exención en carácter de declaración jurada indicando que tienen campo en la provincia de Córdoba.

Quedamos a disposición para cualquier aclaración al respecto.

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Impuesto a las Ganancias. Excepción a los regímenes de retención

Productores - Impuesto a las Ganancias. Excepción a los regímenes de retención.
Destinado a productores que se encuentren en zona declaradas en estado de emergencia y/o desastre agropecuario.

Los productores declarados en estado de emergencia y/o desastre agropecuario, cuya situación se encuentre reconocida por la Afip, quedarán exceptuados de que se les practiquen las retenciones del impuesto a las ganancias por los pagos que les efectúen por la enajenación de los bienes de cambio de propia producción.

A tal fines, los Productores deberán enviar la "Constancia de Inscripción" donde conste la mencionada situación.

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SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola) Inicio de la cosecha gruesa

Los productores agrícolas deben informar ciertos datos productivos, de modo de no tener inconvenientes en la comercialización de granos y semillas

A partir de la campaña 2018/19, se encuentra en marcha el SISA que simplificó y disminuyó en forma notable la información que deben presentar los productores agrícolas e incluye, entre otras novedades, un “scoring” para los productores y operadores del comercio de granos y semillas.

A los efectos de no tener inconvenientes en la comercialización de granos, se recuerda a los productores agrícolas y a sus asesores contables, que se deben informar los siguientes datos productivos correspondientes a la campaña 18-19:

  • a) Stock de granos 31/08/18.
  • b) Superficie de granos destinados a la cosecha fina.
  • c) Superficie de granos destinados a la cosecha gruesa.

Esta presentación es sumamente sencilla y se realiza integralmente vía Web, es decir, sin necesidad de concurrir a ninguna oficina estatal.

La forma de ingreso de estos datos se encuentra explicada en el Micrositio Agropecuario disponible en la página Web de AFIP (http://www.afip.gob.ar/actividadesAgropecuarias).

Por último, se aclara que en ningún caso el hecho de poseer deudas con AFIP incide en el “Estado” en que se encuentra clasificado un productor u operador en SISA.

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Enviar CM05 2017 y CM01

Tancacha, 12 de Junio de 2018

Sres clientes y proveedores, les recordamos que debe enviar el formulario de la declaración jurada anual CM05 por el período 2017 cuya presentación vence el 30/06/2018 y el CM01 que puede obtener vía web con clave fiscal en el servicio Padrón de Contribuyentes. Recuerde que enviando CM05 2017 y CM01 evitará retenciones y percepciones de Ingresos Brutos que luego no pueden devolverse.

Puede enviarnos los formularios al siguiente correo electrónico:

bar.impuestos.documentacion@bunge.com

Quedamos a disposición para cualquier aclaración al respecto. Área Impuestos – 03571-460125 internos 3589 - 3610

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Formulario 1276 Web – Declaración Jurada Alícuota para Agentes de Retención y/o Percepción

Tancacha 02/02/2018

Sres Clientes y Provedores:
Mediante la resolución 36/2017, API Santa Fe implementó el “Formulario 1276 Web – Declaración Jurada Alícuota para Agentes de Retención y/o Percepción”, mediante el cual los contribuyentes declararán la condición de sujetos exentos en el impuesto sobre los ingresos brutos y/o las alícuotas especiales que deberán aplicar los agentes de retención y/o percepción, por el tratamiento diferencial que tiene la actividad que desarrollan.

Al respecto, se establece su uso obligatorio a partir del 01/01/2018 y la mencionada declaración jurada tendrá una validez de 180 días corridos contados a partir de la fecha de emisión, siempre que no cambien las condiciones de la misma.

Por último, destacamos que el Formulario 1276 en soporte papel tiene vigencia y validez hasta el 28/2/2018.

En tal sentido recomendamos presentar antes del 28/02/2018 el Formulario 1276 Web y recordamos que el mismo deberá renovarse cada 180 días.

Cordialmente. Area Impuestos Tancacha 03571-460125 460225